CONDICIONES DE LA GARANTIA

 

CONDICIONES DE LA GARANTÍA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

redactado por www.buroinquilinario.com.mx, registrado en la Dirección General de Derechos de Autor.
1
La utilización de esta Garantía es voluntaria para la arrendadora y obligatoria para el prestador del servicio.
2
Esta Garantía no está sujeta a caducidad. Es válida durante todo el tiempo que el inquilino ocupe el inmueble, aunque lo traspase.
3
Esta Garantía es válida aunque la arrendadora perdiese su factura de pago por la redacción del contrato de arrendamiento.
4
Esta Garantía puede utilizarse una o varias veces, a voluntad de la arrendadora.
5

Al primer incumplimiento del contrato de arrendamiento, la arrendadora enviará un correo electrónico al prestador del servicio.

El envío de este correo electrónico, no causará ningún costo para la arrendadora. La falta de envío del correo electrónico NO ANULA ESTA GARANTÍA.
6
La arrendadora se obliga a MONITOREAR mensualmente al fiador, en la base de datos del sitio www.buroinquilinario.com.mx, accesando con las siguientes claves: USUARIO:  ____________________ clave: ____________________  y en caso de encontrarlo, enviará un correo electrónico al prestador del servicio.
7
Se entenderá por incumplimiento, el atraso de un día en el pago de la renta o de cualquiera de las cláusulas del contrato.
8
Dentro de las 48 horas siguientes a la recepción del correo electrónico, el prestador del servicio enviará la demanda a la arrendadora, para que la imprima y la firme, debiendo entregarla en el domicilio del prestador del servicio.
9
La arrendadora entregará al prestador del servicio, la demanda impresa y firmada, así como los originales de los documentos que ella se ofrezcan como prueba y además, deberá asistir a las audiencias y al lanzamiento del inquilino, llevando consigo una identificación oficial.
10
Una vez iniciado el juicio, TODOS LOS GASTOS NO COMPROBABLES serán por cuenta del prestador del servicio, excepto los gastos finales de ejecución como cargadores, cerrajeros y copias simples o certificadas.
11
Esta Garantía podrá perderse en caso de que la arrendadora celebre convenios escritos con el inquilino o los fiadores.
12
HONORARIOS PROFESIONALES: La arrendadora cubrirá al prestador del servicio el 50% de las cantidades que se recuperen en juicio, descontando el importe de una renta, que se le entregará al firmar la demanda. Todas las cantidades que reciba el prestador del servicio se facturarán, cubriendo la arrendadora el Impuesto al Valor Agregado. La duración máxima de un juicio para desocupar un inmueble es de 150 días hábiles. El juicio se tramitará ante los Juzgados del Distrito Federal.